Modelos, deducciones y facturas. Si buscas fechas concretas, están todas juntas en el calendario fiscal, que es donde se actualizan.
¿Qué modelos me tocan a mí?
A un autónomo que factura solo en España, sin local alquilado y sin nadie contratado, le tocan dos cada trimestre y un resumen al año: el 303 de IVA y el pago fraccionado del IRPF —el 130 en estimación directa, el 131 si estás en módulos—, más la renta anual y los resúmenes anuales de enero.
A partir de ahí, cada modelo extra responde a un hecho concreto de tu actividad: si facturas a empresas de otros países de la Unión Europea, el 349; si alquilas un local, el 115 de retenciones del alquiler; si tienes a alguien en nómina o pagas facturas de profesionales con retención, el 111. No es una lista que haya que elegir: es una consecuencia de lo que haces.
Y hay un caso que sorprende a todo el mundo: si todas tus facturas llevan retención porque solo trabajas para empresas, es posible que no tengas que presentar el 130. Te lo comprobamos al darte de alta, porque presentar de más también da trabajo y no sirve para nada.
¿Presentáis vosotras los modelos o los tengo que presentar yo?
Los presentamos nosotras con nuestro certificado de representación, una vez que tú has dado el visto bueno a los números. Lo que no hacemos es firmar en tu nombre cosas que no has visto: siempre hay un paso donde tú dices «adelante». Y para algunos trámites concretos hace falta tu certificado digital; en esos te decimos exactamente qué botón hay que pulsar.
¿Qué me puedo deducir de verdad y qué no cuela?
La regla, en una línea: se deduce lo que está afecto a tu actividad, tienes factura completa a tu nombre y con tu NIF, y puedes explicar por qué lo necesitas para trabajar. Los tres requisitos a la vez.
Cuelan sin discusión: cuotas de autónomo, suministros y alquiler de un despacho, material, software, formación relacionada, seguros de responsabilidad civil, asesoría —esto, sí— y la parte proporcional de los suministros de casa si trabajas en ella y lo has declarado así en el 036. Ese porcentaje lo fija la norma y no nos lo inventamos: te decimos cuál es y sobre qué se aplica.
No cuelan, aunque te lo hayan contado: la ropa que no es uniforme con anagrama, la comida en casa, el móvil que también usas para todo lo demás sin ninguna prueba de reparto, y las famosas comidas con clientes cuando no hay cliente. El coche es el caso clásico: salvo actividades concretas, la deducción del IVA está limitada por ley a una parte, y la del gasto en IRPF es mucho más estricta todavía. Te decimos si tu actividad es una de las excepciones; casi nunca lo es.
Nuestro compromiso, con su borde: te proponemos todo lo que sea defendible y te decimos que no a lo que no lo sea, aunque insistas. Si algo entra en zona gris, te avisamos de que es gris antes de meterlo, no después.
Voy a facturar a un cliente de otro país de la Unión Europea. ¿Le pongo IVA?
Si el cliente es una empresa o un profesional con NIF-IVA válido, la factura va sin IVA español y con la mención de inversión del sujeto pasivo: el impuesto lo liquida él en su país. Si es un particular, la respuesta cambia y depende del tipo de servicio.
Antes de emitir esa primera factura hay dos pasos que tienen que estar hechos: estar dado de alta en el ROI, el Registro de Operadores Intracomunitarios, y comprobar el NIF-IVA del cliente en el censo VIES el día de la factura, con captura de pantalla guardada. El alta en el ROI no es inmediata: Hacienda la comprueba y puede tardar, así que se pide con antelación, no la tarde anterior.
Fuera de la Unión Europea el planteamiento es distinto y suele ser exportación de servicios, también sin IVA pero por otro motivo y con otras casillas. El 349 lo presentamos nosotras dentro de la cuota mientras tengas operaciones que declarar; si no las tienes, no se presenta.
¿Tengo que usar un programa de facturación concreto?
No. Puedes mandarnos las facturas como quieras: desde tu programa, en PDF o fotografiadas con el móvil. No vendemos software ni cobramos comisión por recomendarte ninguno.
Ahora bien, la normativa de facturación electrónica y de sistemas informáticos verificables está en marcha y afecta a los autónomos por fases, según a quién factures y con calendarios que se han retrasado más de una vez. No te vamos a dar aquí una fecha que puede cambiar el mes que viene: cuando tu perfil entre en el calendario en vigor, te avisamos con tiempo y te decimos qué opciones tienes, incluidas las gratuitas.